Decreto Supremo 029-94-EF
Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas
Capítulo II
Artículo 2. Ámbito de aplicación del impuesto y del nacimiento de la obligación tributaria
Para la determinación del ámbito de aplicación del Impuesto, se tendrá en cuenta lo siguiente:
1. Operaciones gravadas. Se encuentran comprendidos en el Artículo 1 del Decreto:
a) La venta en el país de bienes muebles ubicados en el territorio nacional, que se realice en cualquiera de las etapas del ciclo de producción y distribución, sean éstos nuevos o usados, independientemente del lugar en que se celebre el contrato, o del lugar en que se realice el pago.
(Texto de referencia. Importe el artículo completo desde el panel.)
1. Operaciones gravadas. Se encuentran comprendidos en el Artículo 1 del Decreto:
a) La venta en el país de bienes muebles ubicados en el territorio nacional, que se realice en cualquiera de las etapas del ciclo de producción y distribución, sean éstos nuevos o usados, independientemente del lugar en que se celebre el contrato, o del lugar en que se realice el pago.
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Última revisión del texto: 2026-11-02. Fuente: SPIJ – MINJUSDH.